El Reglamento 824 vive… y sirve hasta para remedio

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El TT de ayer y hoy en el Social Media Dominicano (a partir de ahora llamado DominicanSM) ha sido la prohibición, por parte de la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía (CNEPR) del concierto de Miley Cyrus que iba a efectuarse en el Estadio Quisqueya el 13 de septiembre bajo los argumentos de «acostumbrada violación a la moral y las buenas costumbres» y amparada en los atributos que le confiere el Reglamento 824 (para ser más específicos el Artículo 10 del reglamento en cuestión).

No pienso hablar sobre la vulgaridad (o no) de la ex Hanna Montana y de los estándares dobles de nuestra sociedad y del «prohibido prohibir» y del qué hace -o no hace- la CNEPR (la misma que suspendió por una semana a Alvarito Arvelo en el 2001 y luego tuvo que echarse para atrás, visita incluida del entonces secretario de Cultura, Tony Raful, para disculparse). Prefiero circunscribirme a hechos particulares fruto de una reflexión de estas últimas horas. Aquí van:

HECHO: El concierto de Miley en el Quisqueya fue anunciado en JUNIO. Una búsqueda rápida en Google permite ver que todas las notas suministradas por el equipo de Saymon Díaz así lo demuestran. El anuncio provocó una avalancha de comentarios favorables y desfavorables, vinculados principalmente a toda la lascivia implícita en el «bangerz tour», algo que -en lo personal- me parece puro marketing y ganas de sonar por sonar, pero esas son las reglas de la sociedad de mercado y consumo en la que vivimos… una que, por cierto, no tiene moral de ningún tipo.

HECHO: Muchos de los observadores y público especializado coincidimos que este concierto -en buen dominicano- se iba a «decular». Dicho de otra forma, que iba a ser un fracaso en ventas. Varios elementos relacionados: la animadversión de los padres (el público obligado, porque tendrían que acompañar a sus hijos smilers al concierto dado que la mayoría son menores de edad), la escasa (muy escasa) promoción que se le dió al evento y el hecho de que, simple y sencillamente, «la gente no estaba en eso».

HECHO: El Reglamento 824 es una pieza jurídica que, para más señas, es trujillista. Está basada en una ley de 1951 con modificaciones en 1971 y 1974. ¿Les suenan esos dos últimos años? Entran dentro del período histórico de los «12 años» de Joaquín Balaguer, una etapa de nuestra historia en la que las violaciones a las libertades fundamentales del ser humano fueron violadas legalmente e ilegalmente. De esa época tenemos joyas como este artículo:

Artículo. 22.- Si después de comenzar un espectáculo o representación teatral sujeto a un libreto o a texto aprobado por la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía se incluyere en estos fragmentos que no fueron autorizados, cualquier miembro de dicha Comisión podrá suspender la función, en los casos graves, obligando a la empresa a la devolución del dinero a los espectadores y someterla a la acción de la justicia para que se imponga la sanción correspondiente. En determinados casos esta violación se sancionará con la suspensión de los artistas por un tiempo determinado.

En caso de que no se hayan dado cuenta, el Reglamento le da autorización a un inspector de la CNEPR a interrumpir una obra teatral si el libreto entregado a ellos cambiaba sustancialmente. Con eso se evitaba cualquier cambio de último minuto al contenido, por si alguien quería «hacerse el gracioso contra el gobierno».

HECHO: Muchas voces (la mía incluida) se han referido a que el único ganador de esta prohibición es Saymon Díaz. Sea o no cierto, la suerte parece salvarlo de un fracaso económico y le permite tener un «control de daños». Esta mañana escuché en «El ritmo de la mañana» al amigo Alberto Vargas decir que, sin ningún problema, Díaz puede llevarse el concierto a otro de los mercados que maneja. ¿Y aquí? Cualquier reclamo de los patrocinadores, tiene la salida de que le prohibieron el concierto y está de manos atadas.

Quisiera pensar que todo esto son teorías conspiradoras, pero el modus operandi de la mayoría de los empresarios artísticos que operan en este país le da cabida a mi duda y a mi paranoia.

¿Saben lo que más me preocupa de todo esto?

Mientras nos perdemos en lo claro, preguntándonos si la Materialista y sus chapas, la Insuperable y sus senos mostrados por más de 3 segundos en sus videos, Omega, Venya y demás cuestiones, hay una pregunta que no nos hemos hecho… y yo invito a que nos la hagamos.

¿Cómo es posible que esté vigente todavía un reglamento tan vetusto y arcaico, y que este pueda utilizarse incluso como vía de escape totalmente legal para un eventual fracaso de espectáculo? ¿Cómo puede existir un tecnicismo legal que permita a un empresario artístico salirse con la suya? 

Esa -más que cualquier otra- debe ser la razón de nuestro escándalo. La educación y formación en valores sucede en casa y en los espacios concebidos para ellos. Dejar que los criterios sobre «moral y buenas costumbres» sean manejados por una entidad como el Estado es peligroso. Y lo es cuando sus escrúpulos son los de María Gargajo. Y más peligroso es creer que un artista tiene que «formar». A la sociedad de consumo eso le importa un carajo.

Catarsis, catarsis.

«Esta es mi verdad, y con mi vida la defiendo».

7 comentarios en “El Reglamento 824 vive… y sirve hasta para remedio

  1. Bueno alexei, más que periodista, eres excelente mercadologo, porque ese concierto tenía un tufo a fracaso, que las más resaca mañanera, en buen dominicano saymon hasta el loco se hecho, a sabiendas de lo que le esperaba .

  2. Un excelente ángulo que efectivamente no he visto mencionar en todo esto. Un reglamento hipócrita, vetusto, inapropiado, inadaptado. Y a la vez, un as bajo la manga para situaciones como esta. Well done, Alexéi.

  3. Sin desperdicios Alexei.
    No tengo nada que agregar, pero me gustaría recordarte dos cositas que pasaste por alto:

    1. En algún por ahí puedes encontrar que la Comision de Espectáculos Públicos y Radiofonía está compuesta por unos 5 miembros, y cuyo secretario sería (¿es?) el vicario de la arquidićesis de Santo Domingo.

    2. Es preciso recordar que el reglamento en cuestión fue sustituido en 2005, via el decreto 301-05, el cual resultó ser peor y fue anulado dias después, via el decreo 312-05 que restableció el reglemento 824.

    La oposicion al decreto que sustituyó al reglamento fue feroz y puedes encontrar montones de escritos en mayo de 2005.

    Melvyn.

  4. No se ha promocionado más el concierto, porque hace casi un mes que están litigando con esto (solo que tu te enteras tarde y mal), habrían llenado, o cuanto menos tanto como con Alejandro Fernandez (que se dio el mismo día que otro concierto enorme en Punta Cana, a pesar de lo cual se llenaron las gradas), los patrocinadores a los que es evidente no conoces (yo si represento a alguno que otro), lo que desean es que el concierto suceda, si no no lo patrocinarían ni de inicio.
    Decir que el que ha ganado es Saymon es una solemne majadería, en todo caso a lo que apesta esto, es justamente a que alguien quiere mal a Saymon y poco o nada tenga que ver con el artista, ya que hay una larga lista de menos «morales» que han actuado en el pasado, y están previstos para futuro próximo… «vamos a portarnos mal!» Calle 13 solo por mencionar los que llegan YA y que si hacen de la revolución y sacudir a moralistas, su mensaje y gran parte de su razón de ser.

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